Para el Eco del Xanaes, la Municipalidad puede haber incurrido en negociaciones incompatibles con la función pública
abril 8, 2022La presunción se desprende de los balances del Municipio, que arrojan compras directas en comercio vinculado a funcionarios.
En la última edición del Eco del Xanaes, el periódico local publica un informe cuyo título plantea: “La función pública: ¿un negocio?”. En el desarrollo de la información se explica que, según sus balances, la Municipalidad realizó dos compras directas en un comercio que tiene relación estrecha con funcionarios públicos.
El medio de comunicación gráfico de salida semanal hace referencia a Pinturería Mayo, propiedad de Sabrina Arévalo, que es hermana del asesor Letrado Martín Arévalo y pareja del presidente del Tribunal de Cuentas Franco Bruno.
En la publicación, el periódico de Arroyito puntualiza compras entre los días 19 de enero y 30 de enero, por $ 762.410; y, entre los días 9 de febrero y el 14 de febrero, por $ 616.830 y agrega sobre estas erogaciones -cuyo monto supera $1.300.000- que “por transparencia y ética, hubiesen ameritado concurso de precios”.
Remarca también el Eco del Xanaes que “la acción fue y es legitimada por la Asesoría Letrada a cargo del abogado Martín Arévalo, y las órdenes de compra fueron aprobadas por el integrante del órgano de control (Tribunal de Cuentas) Franco Bruno, hermano y pareja de la titular del comercio, pudiendo incurrir en negociaciones incompatibles con la función pública”.
Por su parte, se hace foco en que, en casos como este, es necesaria una compulsa de precios: “Toda contratación en forma directa, cuyo monto exceda de pesos trescientos veinticinco mil ($ 325.000) y no exceda de dos millones trescientos cuarenta mil ($ 2.340.000), deberá efectuarse previa solicitud de cotizaciones de precios (con la presentación de tres presupuestos como mínimo), salvo cuando se trate de adquisición de bienes, productos o servicios que tengan precios oficiales que no puedan ser cambiados por el proveedor y que no se pueda cotejar otros aspectos que no sean precios. En caso de existir un solo proveedor la compra recaerá sobre éste, previa fundamentación por escrito de la secretaría correspondiente”.
Además, destaca que el concurso es imprescindible “porque no son artículos de urgente e imprescindible necesidad y si se prevé utilizar la suma de setecientos sesenta y dos mil pesos (cinco facturas) en 11 días o seiscientos dieciséis mil ochocientos treinta (tres facturas) en cinco días; por legitimidad y legalidad hubiese correspondido cotización de precios”.
En el cuestionamiento de la nota central del Eco, su director Oscar Ludueña se pregunta si “¿Pudo haber negociaciones incompatibles con la función pública?”, a lo que responde que “Las negociaciones incompatibles con el ejercicio de funciones públicas, se caracterizan por la confusión de intereses públicos y privados en el examen de las conductas de los funcionarios. Ello se demuestra, al confrontar los distintos informes y dictámenes que permiten, válidamente, concluir que quienes lo suscribieron representaban a los intereses de una empresa contratante de una entidad pública estatal”.
Y agrega: “el código penal establece que el funcionario público que, directamente, por persona interpuesta o por acto simulado, se interesare en miras de un beneficio propio o de un tercero, en cualquier contrato u operación en que intervenga en razón de su cargo. Esta disposición será aplicable a los árbitros, amigables componedores, peritos, contadores, tutores, curadores, albaceas, síndicos y liquidadores, con respecto a las funciones cumplidas en el carácter de tales. De acuerdo al informe de referencia, pueden ser negociaciones incompatibles con la función pública por la relación de parentesco entre el asesor Letrado, un integrante del Tribunal de Cuentas y la propietaria del comercio”.
Fuentes: Vía Arroyito y Eco del Xanaes.