STIA Arroyito se manifiesta por el despido “arbitrario” de un trabajador
agosto 9, 2019Según informó el secretario Gremial del Sindicato, Guillermo Farnochi, protestarán por tiempo indeterminado, hasta que directivos de Arcor les den alguna respuesta.
Esta mañana, en las Porterías de Arcor, miembros de la comisión directiva y el cuerpo de delegados del Sindicato de Trabajadores de Industrias de la Alimentación Arroyito se manifestaron y bloquearon el ingreso y el egreso de camiones a la multinacional.
Desde el gremio denuncian el despido “arbitrario” de un obrero que se desempeñaba, desde hacía 14 años, en el sector 700 de Expedición; por la presunta violación del artículo 212 (*) de la Ley de Contrato de Trabajo, de parte de la compañía.
“Hace dos semanas atrás nosotros presentamos denuncia en el Ministerio de Trabajo, pedimos la reincorporación del compañero; la patronal se niega totalmente a reubicarlo y reingresarlo, así que nosotros estamos acá, a ver si se acerca algún directivo a tratar de darnos alguna solución”, dijo en FM Top 99.9, el secretario Gremial del STIA, Guillermo Farnochi.
“Fue injusta la desvinculación de un trabajador que se lesionó trabajando, tuvo una hernia de disco, el médico le indicó tareas adecuadas y la empresa aduce que no le sirve más dentro de la planta, que no tienen tareas para él y que no tienen lugar para reubicarlo; siendo que todos los trabajadores y el sindicato somos conscientes de que tienen lugar adentro de la empresa. Tratamos por medio del diálogo llegar a un buen puerto, pero se niegan a todo tipo de negociación y menos a un reingreso”, remarcó el gremialista.
Además, el sindicalista señaló que “Están buscando cualquier excusa para tratar de desvincular gente, trabajadores, y esta es una de las causales, cuando nosotros sabemos que tienen lugares donde reubicarlos y tratar de bancarlos dentro de la empresa, cuando no es una patología que no se puede llegar a mejorar, y hay trabajos médicos que llegan a solucionar mucho estos problemas y los trabajadores puedan prestar servicios normalmente. Ellos no están interesados en bancar a nadie y no le dan tiempo a que se cure nadie tampoco”.
Por último, y respecto a la presencia de seis o siete policías custodiando los ingresos a la multinacional, donde se realizaba la manifestación pacífica, Farnochi aseveró que “Cuando te roban, lo primero que te dicen es que no pueden actuar de oficio, y acá en el corte pacífico de una portería de Arcor sí están habilitados para actuar de oficio, con intenciones de desalojarnos. Parece que cuidan más la producción de Arcor, que al ciudadano”.
(*)Artículo 212. —Reincorporación.
Vigente el plazo de conservación del empleo, si del accidente o enfermedad resultase una disminución definitiva en la capacidad laboral del trabajador y éste no estuviere en condiciones de realizar las tareas que anteriormente cumplía, el empleador deberá asignarle otras que pueda ejecutar sin disminución de su remuneración.
Si el empleador no pudiera dar cumplimiento a esta obligación por causa que no le fuere imputable, deberá abonar al trabajador una indemnización igual a la prevista en el artículo 247 de esta ley.
Si estando en condiciones de hacerlo no le asignare tareas compatibles con la aptitud física o psíquica del trabajador, estará obligado a abonarle una indemnización igual a la establecida en el artículo 245 de esta ley.
Cuando de la enfermedad o accidente se derivara incapacidad absoluta para el trabajador, el empleador deberá abonarle una indemnización de monto igual a la expresada en el artículo 245 de esta ley.
Este beneficio no es incompatible y se acumula con los que los estatutos especiales o convenios colectivos puedan disponer para tal supuesto.